¿Son Obligatorios los Limitadores de Velocidad en el Reino Unido? Normativa Vigente Explicada
¿Son Obligatorios los Limitadores de Velocidad en el Reino Unido? Normativa Vigente Explicada
Una de las preguntas más frecuentes que hacen los operadores de flotas es si los limitadores de velocidad son legalmente obligatorios en sus vehículos. La respuesta depende del tipo y tamaño del vehículo que usted opera.
Este artículo proporciona un desglose claro y directo de qué vehículos deben tener limitadores de velocidad en el Reino Unido, las sanciones por incumplimiento y por qué incluso los operadores de vehículos exentos deberían considerar la instalación voluntaria.
La Respuesta Breve
Sí, los limitadores de velocidad son obligatorios para:
- Vehículos de mercancías de más de 3,5 toneladas de MMA — limitados a 56 mph (90 km/h)
- Autobuses y autocares con 9 o más asientos de pasajeros — limitados a 62 mph (100 km/h)
No, los limitadores de velocidad no son actualmente obligatorios para:
- Furgonetas y vehículos comerciales ligeros de menos de 3,5 toneladas
- Automóviles
- Motocicletas
Sin embargo, el mandato ISA (Asistencia Inteligente de Velocidad) de la UE exige ahora sistemas de alerta de velocidad en todos los vehículos nuevos vendidos en la UE. Aunque el Reino Unido aún no ha adoptado esto, señala la dirección de la regulación futura.
Vehículos de Mercancías de Más de 3,5 Toneladas
El requisito legal de limitadores de velocidad en los vehículos de mercancías pesados está en vigor desde 1992. Según las Regulaciones de Vehículos de Motor (Construcción y Uso) de 1986 (Regulación 36A, según su modificación), todo vehículo de mercancías que supere las 3,5 toneladas de peso bruto máximo debe estar equipado con un dispositivo de limitación de velocidad.
El limitador de velocidad debe tener homologación de tipo EU/ECE R89, estar configurado para impedir que el vehículo supere las 56 mph (90 km/h), estar equipado con precintos a prueba de manipulaciones y mostrar una placa de limitador de velocidad con la velocidad establecida, los datos del instalador y la fecha de calibración. Debe mantenerse en buen estado de funcionamiento en todo momento.
Esto se aplica a todos los vehículos de mercancías de más de 3,5 toneladas, ya sean rígidos, articulados o parte de una combinación de barras de tracción, independientemente de su antigüedad, siempre que hayan sido matriculados por primera vez a partir del 1 de enero de 1988.
Autobuses y Autocares
Los vehículos de servicio público (PSV) con más de 8 asientos de pasajeros (excluyendo al conductor) deben estar equipados con un limitador de velocidad configurado a 62 mph (100 km/h). Esto ha sido obligatorio desde el 1 de enero de 2005 para los vehículos matriculados por primera vez a partir del 1 de octubre de 2001.
Furgonetas de Menos de 3,5 Toneladas: No Obligatorio, Pero Cada Vez Más Común
Aunque las furgonetas de menos de 3,5 toneladas no requieren actualmente limitadores de velocidad según la legislación del Reino Unido, la instalación voluntaria está creciendo rápidamente por varias razones de peso.
Beneficios en el seguro: Muchas aseguradoras de flotas ofrecen reducciones de primas del 5-15% para furgonetas equipadas con limitadores de velocidad aprobados. Para una flota grande de furgonetas, este ahorro por sí solo puede justificar la inversión.
Ahorro de combustible: Reducir la velocidad máxima de una furgoneta de 70 mph a 60 mph normalmente ahorra entre un 10 y un 12% en costes de combustible. A los precios actuales del diésel, esto suma rápidamente en toda una flota.
Deber de diligencia: Según la Ley de Salud y Seguridad en el Trabajo de 1974, los empleadores tienen un deber de diligencia para proteger a los empleados que conducen por trabajo. Los limitadores de velocidad demuestran una gestión proactiva del riesgo.
Política corporativa: Grandes empresas como Royal Mail, BT y numerosos ayuntamientos han instalado voluntariamente limitadores de velocidad en sus flotas de furgonetas como parte de las políticas de seguridad de flota.
Preparación para el futuro: Con el mandato ISA de la UE en vigor y las consultas del gobierno del Reino Unido sobre gestión de velocidad de vehículos en curso, la adopción voluntaria ahora posiciona a las flotas por delante de los posibles requisitos futuros.
Sanciones por Incumplimiento
Operar un vehículo que requiere un limitador de velocidad sin uno — o con un dispositivo defectuoso o manipulado — es un delito penal. Las sanciones incluyen:
- Prohibición inmediata: La DVSA puede emitir una notificación de prohibición inmediata, retirando el vehículo del servicio hasta que el limitador de velocidad sea reparado o instalado
- Penalizaciones fijas: Hasta GBP 300 por infracción
- Procesamiento judicial: Multas de hasta GBP 5.000 en caso de condena
- Acción sobre la licencia de operador: El Comisario de Tráfico puede convocar al operador a una investigación pública, que puede resultar en la restricción, suspensión o revocación de la licencia del operador
- Implicaciones para el seguro: Operar sin un limitador de velocidad requerido puede invalidar el seguro de flota
El riesgo para la licencia del operador es la consecuencia más grave. El Comisario de Tráfico considera el incumplimiento del limitador de velocidad como evidencia de sistemas de mantenimiento deficientes, lo que pone en duda la aptitud del operador para mantener una licencia.
Exenciones
Existen exenciones limitadas. Los vehículos militares utilizados en misiones de defensa nacional están exentos. Los vehículos conducidos directamente a un taller de reparación cuando el limitador de velocidad ha fallado tienen una exención de emergencia temporal únicamente. Los vehículos de los servicios de emergencia pueden tener capacidad de anulación para situaciones de respuesta con luces azules, pero el limitador de velocidad debe seguir estando instalado.
Los vehículos agrícolas que no superan las 25 mph en vías públicas no se clasifican como vehículos de mercancías a efectos de la normativa sobre limitadores de velocidad.
¿Y el Mandato ISA?
El Reglamento General de Seguridad de la UE exige que todos los vehículos nuevos vendidos en la UE a partir de julio de 2024 estén equipados con Asistencia Inteligente de Velocidad (ISA). La ISA utiliza GPS y cámaras para detectar los límites de velocidad y avisar al conductor o reducir activamente la potencia del motor si se supera el límite.
El Reino Unido no ha adoptado el mandato ISA tras el Brexit. Sin embargo, la mayoría de los fabricantes de vehículos están incorporando la ISA en todos sus modelos a nivel mundial, lo que significa que los nuevos vehículos comprados en el Reino Unido vendrán cada vez más con ISA instalada.
Para las flotas comerciales, la tecnología GeoKontrol de AutoKontrol proporciona una alternativa específica a la ISA, permitiendo a los gestores de flotas definir zonas de velocidad personalizadas en lugar de depender de bases de datos de límites de velocidad.
Conclusión
Si usted opera vehículos de mercancías de más de 3,5 toneladas o vehículos de pasajeros con 9 o más asientos, los limitadores de velocidad son un requisito legal. Para las flotas de furgonetas y los vehículos más ligeros, la instalación voluntaria ofrece convincentes beneficios financieros y de seguridad.
AutoKontrol lleva más de 41 años fabricando limitadores de velocidad con homologación de tipo EU/ECE R89. Tanto si necesita cumplir con la normativa para su flota de vehículos pesados como si busca gestión voluntaria de velocidad para sus furgonetas, contáctenos para obtener un presupuesto gratuito.
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